Proyecto de ley que regula los sistemas de inteligencia artificial, la robótica y las tecnologías conexas, en sus distintos ámbitos de uso
También conocida como: Boletín 16.821-19 · Proyecto IA Chile
Boletín N° 16.821-19, Cámara de Diputados, mensaje 7 de mayo de 2024 (Chile)
Resumen
Proyecto de ley basado en el enfoque de riesgo del AI Act europeo, que clasifica los sistemas de IA en cuatro categorías (riesgo inaceptable, alto, limitado y mínimo) y establece obligaciones diferenciadas, prohibiciones específicas, gobernanza institucional y sanciones.
Disposiciones clave
- Clasificación de sistemas de IA en cuatro niveles de riesgo: inaceptable, alto, limitado y mínimo.
- Prohibición expresa de prácticas como puntuación social estatal, manipulación subliminal y reconocimiento de emociones en contextos laborales y educativos.
- Obligaciones de evaluación de conformidad, transparencia y supervisión humana para sistemas de alto riesgo.
- Régimen sancionatorio con multas de hasta 20.000 UTM, encomendado a la Agencia de Protección de Datos Personales.
- Sandbox regulatorio supervisado por el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación.
Origen y enfoque
El proyecto fue ingresado por mensaje presidencial el 7 de mayo de 2024 tras un proceso amplio de consulta pública impulsado por el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación durante 2023 y la actualización de la Política Nacional de Inteligencia Artificial.
Estructura propuesta
El proyecto adopta un enfoque pirámide-de-riesgo claramente inspirado en el Reglamento (UE) 2024/1689 (AI Act), con cuatro categorías:
- Riesgo inaceptable: prácticas prohibidas (puntuación social pública, manipulación cognitiva dañina, identificación biométrica remota en tiempo real en espacios públicos para fines policiales con excepciones, reconocimiento de emociones en trabajo y educación).
- Alto riesgo: sistemas con impacto significativo en salud, seguridad, derechos fundamentales o acceso a servicios esenciales, sujetos a evaluación de conformidad, gobernanza de datos, transparencia, supervisión humana y registro.
- Riesgo limitado: deberes de transparencia (informar al usuario que interactúa con un sistema de IA).
- Riesgo mínimo: sin obligaciones específicas, fomenta códigos de conducta voluntarios.
Comentario editorial
El proyecto refleja una opción explícita por el modelo europeo, lo que tiene ventajas (interoperabilidad regulatoria, jurisprudencia rica) y costos (carga de cumplimiento para PYMES, riesgo de copia normativa sin adaptación al contexto chileno).
Tres aspectos del debate son particularmente abiertos:
Quién supervisa. Asignar la fiscalización a la Agencia de Protección de Datos Personales (cuando se constituya) tiene lógica institucional, pero la sobrecarga es real: la agencia recién parte con la implementación de la 21.719. Discusiones parlamentarias plantean reasignar parte de las competencias al MinCiencia o crear una unidad especializada dentro del propio organismo.
Sandbox regulatorio. La inclusión de un sandbox es prometedora, pero su eficacia depende de criterios de selección y financiamiento. Sandboxes en Chile (por ejemplo, en CMF) han tenido recepción dispar.
IA de propósito general (modelos fundacionales). El proyecto, en su versión inicial, no contempla obligaciones específicas para modelos fundacionales como sí lo hace el AI Act en su capítulo V. Probablemente debe incorporarse esta categoría en el segundo trámite.
Estado actual
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional en la Comisión de Futuro, Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación de la Cámara de Diputados, con audiencias públicas y participación de academia, industria, sociedad civil y autoridades sectoriales.
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Cita sugerida: Policy Tracker LATAM (2024). Proyecto de ley que regula los sistemas de inteligencia artificial, la robótica y las tecnologías conexas, en sus distintos ámbitos de uso [Chile]. Policy Tracker LATAM. Recuperado el 15-05-2026 de https://policytracker.lat/regulaciones/cl/proyecto-ley-ia-boletin-16821-19